La retribución flexible, también llamada retribución a la carta, es una
redistribución del salario total que percibe el empleado de forma que cobre de
manera más eficiente, no se trata de pagar más al empleado sino de pagar mejor,
de forma que cada empleado decide como desea cobrar, que parte en dinero y que
parte en productos o servicios.
La retribución flexible, es en el fondo, una herramienta de “ingeniería
fiscal” a través de la cual el empleado ganará más sin que a la empresa le
cueste más dinero, gracias a flexibilizar su salario y percibir una parte en
dinero y otra parte en productos o servicios, aprovechando las exenciones
fiscales de algunos de estos productos dando como resultado una disminución de
su IRPF y con ello un aumento de su líquido total.
Es un concepto voluntario tanto para la empresa poder ofrecerlo como para el
trabajador acogerse a este tipo de flexibilidad salarial. Y en caso de llevarlo
a cabo la elección de flexibilizar su salario se hace por el periodo de un año
pudiendo cambiar los productos en años sucesivos adaptando con ello el salario a
las necesidades que el trabajador va teniendo a lo largo de su vida que en
determinadas épocas le puede interesar formación, en otras seguro médico, gastos
guardería, planes de pensiones, y en cualquier momento cheques comida, alquiler
vivienda o renting coche por citar algunos ejemplos.
Aspectos Legales.
- Se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de los
trabajadores, en dinero o en especie,…. en ningún caso, el salario en especie
podrá superar el 30 por 100 de las percepciones salariales del trabajador. (
art, 27 E.T).
- Análisis del tratamiento fiscal de cada producto de retribución en
especie.
- A todos los efectos legales, base para el cálculo de subida salarial
anual, base para el cálculo de indemnización en caso de despido, el salario del
empleado será la suma de la percepción dineraria más la flexibilizada en
especies.
- Debe firmarse novación contractual que fije la flexibilización
realizada.
- Todo salario flexibilizado cotizará a seguridad social, dentro de los
topes establecidos para cada tarifa de cotización.
- La elección de flexibilizar el salario tendrá una duración de un año,
salvo condiciones marcadas por la ley.
- Tiene carácter voluntario para el trabajador y la empresa.
Conceptos ofrecidos para flexibilizar salario.
- Vales comida. Se trata de vales de comida para ser
utilizados por todos aquellos empleados que tienen jornada laboral partida, en
días laborables y siempre que esos días no estén percibiendo dietas de
manutención.
Fiscalidad. Art. 45 LIRPF. El límite legal exento de tributación en IRPF es
de 9 euros día. Se debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Vales numerados, nominativos e importes intransferibles.
- La empresa debe llevar registro numerado vales entregados
- Gastos guardería. Se trata de un sistema de vales para
pagar en las guarderías afiliadas a la red del proveedor para el primer ciclo de
educación infantil, niños de 0 a 3 años (quedando excluidos los gastos
adicionales que pudieran ocasionarse dentro de la guardería como (excursiones,
material, etc…)
Fiscalidad. Art. 46.2 LIRPF. Las cantidades destinadas a pagar este producto
están, sin límites, exentas de tributación. Se gestionan de forma parecida a los
vales de comida.
- Equipos informáticos Este producto tiene la finalidad de
habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías. Se deberá
elegir un ordenador y/o ordenador más periféricos, la compra de periféricos sólo
no dará exención fiscal.
Fiscalidad.Art 36 LIS. “Los gastos relativos a la implantación de programas
de fomento del uso de las nuevas tecnologías, tendrán la consideración, a efecto
fiscal, de gastos de formación personal y no determinarán la obtención de un
rendimiento del trabajo.”
- Seguro de salud. Se trata de un seguro médico cuyo titular
de la póliza es la empresa y que podrá contratar el empleado de la empresa y
asimismo podrá incluir, al cónyuge y/o hijos.
Fiscalidad. Art.46 f) de la LIRPF: Hasta un coste anual de 500 euros por cada
persona asegurada (empleado, cónyuge y cada hijo), el pago de las primas
realizado por la empresa está exento de I.R.P.F. El exceso sobre esta cantidad
tributará como retribución en especie debiéndose aplicar el correspondiente
ingreso a cuenta
- Planes de pensiones o aportaciones de la empresa a favor
del trabajador.
Fiscalidad. Límites de exención anual recogidos por ley
- Seguro de accidentes Objetivo firmar seguros de accidentes
para el personal de la empresa, estableciéndose distintos tramos de capital.
Fiscalidad. Art.46.2e) LIRPF. El importe de la prima del Seguro de Accidentes
está exento en la proporción a la cobertura laboral de la póliza, sobre 2/3 de
la prima.
- Renting automóvil La empresa contratará con la compañía de
renting un vehículo elegido por el empleado, la empresa firmará con el empleado
un contrato individual por cada vehículo entregado, indicándose el uso privativo
del mismo en porcentaje.
Fiscalidad. Art 44 LIPF. Se imputará como retribución en especie el 20% del
valor del vehículo por el porcentaje de uso privativo del mismo. El IVA se puede
repercutir al empleado en el % de uso privativo del mismo.
- Formación. Este producto tiene la finalidad de actualizar,
capacitar o reciclar al trabajador, por lo que el curso debe estar relacionado
con su actividad o desarrollo carrera profesional.
Fiscalidad. Art 44 LIPF. El coste total de este producto está exento de
tributación en IRPF, siempre que la formación esté relacionada con el puesto de
trabajo.
- Alquiler de vivienda Tiene como finalidad el pago mensual
del alquiler de la vivienda. Es necesario que el pagador de la renta alquiler
sea la empresa, aunque el contrato se haya hecho entre arrendador y trabajador.
Fiscalidad Art 46,1 IRPF: se imputará como retribución en especie el
siguiente importe:
• Con carácter general el 5% del valor catastral en el caso de inmuebles
cuyos valores catastrales hayan sido revisados o modificados a partir del 1 de
enero de 1994 o el 10% para aquellos inmuebles que no hayan sido revisados con
posterioridad a 1994.
• Si el inmueble careciese del valor catastral, el 5% del 50% del valor por
el que se deba computar la vivienda a efectos del Impuesto sobre el
Patrimonio.
• Dicha valoración tendrá como límite el 10% de las restantes
contraprestaciones del trabajador. (Estos porcentajes son distintos en los
territorios forales)
• En caso de arrendamiento compartido, únicamente podrá flexibilizarse la
parte del alquiler que corresponda al empleado y la imputación fiscal también
será proporcional a los meses y al pago de la renta que recaiga sobre el
empleado.
- Entrega de acciones o participaciones. Se trata,
básicamente, que la empresa como plan de su retribución general anual ofrece a
sus empleados la posibilidad de la adquisición de participaciones o acciones en
el capital social de la empresa.
Fiscalidad. Ley de IRPF y su Reglamento prevén la posibilidad de que no se
considere que exista tal retribución en especie para el empleado perceptor de
acciones o participaciones y, por consiguiente, no se tribute por ellas en IRPF,
con el límite de 12.000 ! anuales, cuando se cumplan los siguientes
requisitos:
- Que las acciones o participaciones sean de la propia sociedad que las entrega, ya sea la dominante u otra compañía del grupo cuando, en este último caso, se cumplan los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
- La oferta se realice dentro de la política retributiva general de la empresa (no admitiéndose por tanto ni arbitrariedad ni discrecionalidad en el ofrecimiento). A estos efectos, la generalidad puede ser entendida aunque las acciones sean ofrecidas sólo a determinadas categorías, siempre que dentro de las mismas el ofrecimiento sea general.
- Que el trabajador, conjuntamente con familiares, no obtenga una participación superior al 5% en la compañía.
- Que los títulos se mantengan por el empleado durante un plazo mínimo de 3 años.
Ventajas que consigue la empresa introduciendo retribución
flexible.
Para la empresa son varios los beneficios de introducir una política de
retribución flexible a sus empleados. Amplia su estrategia retributiva
introduciendo nuevos elementos que sin duda van a ser referencia en el mercado
como empleador, atrayendo y reteniendo trabajadores. Individualiza la
retribución de sus empleados adaptándose con ello mejor a los cambios de
mercado, y por último da valor a la retribución en especie en muchos casos no
valorada por los trabajadores y que supone un costo a la compañía.
Ventajas que consiguen los trabajadores introduciendo retribución
flexible.
La ventaja más clara para los trabajadores es que ven incrementado su salario
neto, por un lado aprovechándose de las exenciones fiscales de los productos
elegidos y por otro lado beneficiándose de las economías de escala conseguidas
por la empresa en la negociación para colectivos.
Adapta su retribución a sus necesidades de cada momento, necesidades que son
cambiantes según su situación de edad, familia, económica… siendo protagonista
de cómo quiere cobrar en cada momento y teniendo la capacidad de elegir y
aumentando su percepción sobre la retribución total.
Indirectamente muchos de los conceptos de retribución flexible apoyan directa
o indirectamente políticas de conciliación de vida laboral y familiar.
Al ser voluntario,
modificable y flexible cada
persona decide si desea percibir su retribución en efectivo o bien elegir una
retribución flexible eligiendo entre los productos o servicios ofrecidos por la
empresa.
Elementos en la implantación de un sistema de retribución
flexible
La implantación de un sistema de retribución flexible requiere trabajar
determinados elementos para garantizar su éxito, entre estos elementos
destacaríamos:
- Diseño. Esto es determinar a qué colectivos de la empresa va a ir
destinado, que productos vamos a ofrecer en función de un estudio previo de
necesidades y características de nuestra plantilla. Así como un análisis de
legislación externa e interna que nos pueda afectar.
- Implantación. Aquí es necesario trabajar los acuerdos con los proveedores
de servicios, determinar la administración interna de estos conceptos y las
herramientas informáticas necesarias para su gestión, así como el desarrollo de
los aspectos legales necesarios, como por ejemplo el acuerdo de anexo al
contrato en la flexibilización de productos.
-
Comunicación. La parte de comunicación es una de las más sensibles en un
proyecto de estas características, ya que supone vencer barreras relacionadas
con la confianza del empleado, el “miedo” a la fiscalidad, y la demostración de
las ventajas una vez implantado.
- Servicio mantenimiento. Una vez implantado, todo sistema de retribución
flexible conlleva un esfuerzo, aunque mínimo, necesario de gestión
administrativa y atención al cliente interno.